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Todo lo que necesitas saber si piensas conducir en el extranjero

Ruta en coche
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Si en las próximas vacaciones has decidido que quieres alquilar un coche o una autocaravana fuera de nuestras fronteras y hacer millas, debes saber que hay una normativa que hay que cumplir.

Lo primero que tienes que hacer es comprobar la fecha de caducidad de tu carnet. En caso de tener que renovarlo lo puedes hacer hasta tres meses antes de que caduque y, además, debes tener en cuenta que la autorización provisional sólo es válida por el territorio español.

Por otra parte, hay que tener presente que según el destino se pueden dar tres casuísticas bien diferentes:

  • Si el país pertenece a la Unión Europea o al Espacio Económico Europeo (Noruega, Islandia y Lichenstein)
  • Si existe un tratado internacional recíproco.
  • Si es un país sin convenio en concreto.

Si el destino es Europa, desde 2013 existe un permiso único, por lo tanto se puede conducir en todos los países de la UE y del EEE siempre y cuando el permiso sea válido y esté en vigor.

Si el destino es fuerza de la UE y del EEE, España tiene firmados diferentes tratados y acuerdos internacionales de reciprocidad. Dependiendo del convenio, puede que le pidan conducir con el permiso español.

Si, en cambio, el objetivo es conducir por un país con el que no hay convenio, el consulado español es la refèrencia obligatoria.

España expide un Permiso Internacional que autoriza a conducir temporalmente por el territorio de todos los países firmantes del Convenio Internacional de Ginebra en 1949. Tiene una validez de un año y para su obtención es necesario ser titular de un permiso de conducir de la misma clase del que se solicita, válido y en vigor. Se debe solicitar a la Jefatura Provincial de Tráfico y se obtiene el momento.

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